Ante la presencia cada vez mayor de patinetes en las calles de Moralzarzal, es fundamental recordar las normas de circulación para garantizar la seguridad y la buena convivencia entre todos los vecinos.

Por ello, la Policía Local de Moralzarzal recuerda los aspectos clave de la regulación de la Ley 5/2025 para los conductores de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), en vigor desde principios de este año, así como los próximos plazos técnicos exigibles.
🛡️ Seguro Obligatorio para patinetes
Debido al riesgo que supone su circulación y para reducir la siniestralidad vial, se estableció la obligatoriedad de un seguro de responsabilidad civil:
- En vigor desde: 2 de enero de 2026.
- Finalidad: Garantizar la cobertura económica de los daños a terceros en caso de accidente.
- Consecuencias: La falta de seguro conlleva responsabilidad civil personal ante cualquier daño provocado, además de sanciones administrativas significativas.
- Excepción: Las bicicletas de pedaleo asistido (EPAC) no requieren este seguro ni matriculación.
📜 Certificado y Homologación Técnica
No todos los vehículos podrán circular de manera indefinida. La normativa técnica establece los siguientes plazos:
- VMP comercializados hasta el 21 de enero de 2024: Pueden seguir circulando sin certificado únicamente hasta el 22 de enero de 2027.
- A partir del 22 de enero de 2027: Solo podrán circular aquellos VMP que cuenten con el certificado oficial de la DGT y cumplan con el manual de características técnicas.
🚦 Normas de Circulación y Comportamientos Sancionables
La Policía Local realiza inspecciones para asegurar que se respeten las siguientes normas:
- Prohibición en aceras: Está prohibido circular por aceras o zonas peatonales, así como conducir usando auriculares o el teléfono móvil (sanción de 200 euros).
- Pasajeros: Estos vehículos son de una única plaza; circular dos personas conlleva una multa de 100 euros.
- Seguridad y visibilidad: Es obligatorio el uso de alumbrado o prendas reflectantes durante la conducción nocturna o con poca visibilidad.
- Controles de alcohol y drogas: Los conductores de VMP tienen la obligación de someterse a pruebas de alcoholemia y drogas, con las mismas sanciones que el resto de conductores.
- Velocidad máxima: El límite máximo permitido es de 25 km/h.
- Menores de edad: En caso de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres o tutores responderán legalmente por ellos.
⚠️ Recuerda: Los Vehículos de Movilidad Personal no son juguetes. Un accidente puede conllevar lesiones graves con un alto porcentaje de intervención quirúrgica. Circular con conocimiento, respeto y seguro es responsabilidad de todos.
ℹ️ ¿Necesitas más información?
Puedes consultar el listado oficial de vehículos homologados directamente en la página de la DGT:

