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Bando de Alcaldía sobre el cierre de establecimientos comerciales y otros temas

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El alcalde de Moralzarzal ha publicado un nuevo bando donde, entre otras informaciones, recuerda que el cierre de establecimientos y comercios, no afecta a comercios de alimentación, supermercados, farmacias, estancos, gasolineras, y aquellos otros establecimientos cuando limiten su venta a combustibles para calefacción (pellets, madera etc.)

Asimismo recuerda que se han suspendido los plazos administrativos a todos los efectos y así como toda atención presencial, manteniendo la telemática y la telefónica.

 

DON JUAN CARLOS RODRIGUEZ OSUNA, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL.

Mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, imponiendo restricciones para la libre circulación de las personas y la apertura de establecimientos.

En virtud de las medidas adoptadas y apelando a la responsabilidad y la colaboración de todos los vecinos y residentes en el municipio en su cumplimiento de las medidas adoptadas para frenar el contagio del virus;

HAGO SABER:

1º.- Es fundamental permanecer en el domicilio, debiendo limitarse los desplazamientos a lo estrictamente imprescindible, como ir al trabajo o a comprar a los comercios de alimentación.

2º.- El cierre de establecimientos y comercios, no afecta a comercios de alimentación, supermercados, farmacias, estancos, gasolineras, y aquellos otros establecimientos cuando limiten su venta a combustibles para calefacción (pellets, madera etc.).

Estando asegurado el normal abastecimiento de la población; en relación a este extremo, se ruega encarecidamente tranquilidad y prudencia en las compras porque no existe ninguna necesidad de acaparar bienes. Una actitud irreflexiva en la adquisición de bienes por encima de las necesidades normales, solo perjudica a otros vecinos y al personal de distribución y de atención al público de los comercios, quienes están haciendo un esfuerzo considerable en beneficio de todos nosotros.

3º.- Cuando sea necesario desplazarse, o acudir a establecimientos de apertura autorizada, evitar la cercanía con otras personas manteniendo la distancia de seguridad de metro y medio, así como observar todas las medidas de higiene recomendadas de forma insistente por la autoridad sanitaria, especialmente, lavarse con frecuencia las manos.

4º.- Las oficinas y dependencias de la Administración municipal, no tendrán atención presencial, no obstante se han dictado las instrucciones precisas para atender
telefónicamente o telemáticamente a aquellas personas que precisen realizar trámites urgentes; estas instrucciones pueden consultarlas en la web municipal www.moralzarzal.es.

No obstante, no deben tener preocupación alguna de haber recibido requerimientos con cumplimiento en plazo determinado porque la declaración del estado de alarma ha suspendido los plazos administrativos a todos los efectos.

5º.- Todos debemos observar las recomendaciones realizadas por las autoridades sanitarias sobre la gestión de la crisis, especialmente ante síntomas leves, no acudir a los centros de salud; en este caso se debe llamar al teléfono 900 102 112.

6.- Los servicios municipales de Protección Civil y de Policía Local se han puesto a las órdenes de las autoridades autonómicas y estatales para colaborar y velar en el efectivo cumplimiento de las medidas preventivas adoptadas.

7º.- Los Agentes de la Policía Local velarán por el cumplimiento efectivo del confinamiento en domicilio impuesto por el estado de alarma, estando habilitados cuando fuere necesario y por el bien de todos, a imponer sanciones o medidas coercitivas frente a aquellas personas que injustificadamente se salten las restricciones impuestas.

En Moralzarzal, a 16 de marzo de 2020.


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