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Condiciones de apertura de las terrazas de Moralzarzal desde el lunes 25 de mayo

sillas y mesa en la terraza de un bar

El paso de la Comunidad de Madrid a la Fase 1 de desescalamiento conlleva, entre otras muchas medidas, la posibilidad de la apertura de terrazas de los establecimientos hosteleros del municipio

El Ayuntamiento se ha puesto en contacto con todos los establecimientos afectados con el fin de trasladarles la normativa que se debe aplicar.

Entre las medidas, se encuentra la limitación al cincuenta por ciento de las mesas permitidas el año pasado. No obstante, siempre que las circunstancias lo permitan, se podrá aumentar la superficie de ocupación, con el objetivo de compensar las restricciones impuestas por la normativa. Asimismo, desde la fecha de entrada en vigor de la nueva ordenanza, no se cobrará tasa alguna en el ejercicio 2020.

Se permitirá la apertura de las terrazas a partir del lunes 25 de mayo, en el horario marcado por la ordenanza municipal. En el caso de la calle de la Huerta, dadas las características de la vía, se ha buscado un equilibrio de convivencia entre los vecinos y los establecimientos. La apertura permitida será los fines de semana, desde el 29 de mayo, entre las 20:00 y las 00:00 del viernes y las 12:00 y las 00:00 los sábados y domingos. A partir del 1 de junio, también de lunes a jueves entre las 20:00 y las 00:00 horas, como marcan las ordenanzas municipales.

Las medidas más destacadas que se deberán tomar son:

  • Mantener una distancia física de al menos dos metros entre las mesas
  • La ocupación máxima será de 10 personas por mesa o agrupación de mesas
  • Los establecimientos deberán limpiar y desinfectar todo el equipamiento de la terraza
  • Se debe poner a disposición de los clientes dispensadores con gel hidroalcohólico
  • Priorizar los manteles de un solo uso evitando, en todo caso, la utilización de la misma mantelería con distintos clientes
  • Evitar el uso de cartas, sustituyéndolas por pizarras, carteles o el uso de dispositivos electrónicos
  • Eliminación servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteros y elementos similares
  • La ocupación de los aseos será de como máximo una persona, salvo las que necesiten asistencia

 


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