LEYENDO

Condiciones del uso obligatorio de mascarillas

Condiciones del uso obligatorio de mascarillas

Ilustración de personas con mascarillas

A partir del 21 de mayo es obligatorio el uso de mascarillas, siempre que sea imposible mantener la distancia de dos metros de separación, en espacios cerrados, vías públicas, espacios al aire libre y espacios cerrados públicos o abiertos al público, lo que incluye además tiendas y comercios

Se puede usar cualquier tipo de mascarilla que cubra nariz y boca, pero se recomienda preferiblemente las higiénicas o quirúrgicas. Ambos tipos son las recomendadas en personas sanas o personas contagiadas o con síntomas.

Esta norma tiene excepciones: no será obligatorio en menores de seis años, personas con dificultades respiratorias que puedan verse agravadas por el uso de la mascarilla, cuando resulte contraindicado por otros motivos de salud justificados, en personas discapacitadas o dependientes con alteraciones de conducta que impidan su uso, desarrollo de actividades que, por su propia naturaleza, impidan su uso y el genérico “causas de fuerza mayor o situación de necesidad”.

 


LOS COMENTARIOS ESTÁN CERRADOS PARA ESTE ARTÍCULO

Share This