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Moralzarzal municipio cardioprotegido

Este proyecto nace con la clara voluntad del Ayuntamiento de Moralzarzal de aumentar la seguridad de los usuarios de las instalaciones municipales y de la población en general.

En esta primera fase del proyecto, se ha dotado al municipio de un total de 4 DESAs (Desfibrilador Externo Semiautomático) fijos en edificios públicos: Ayuntamiento, Hogar de Mayores, Piscina municipal y Polideportivo; y 3 DESAs en vehículos móviles: uno en Policía Municipal y dos en Protección civil.

El presupuesto total invertido en 2016 asciende a 7.600 euros. De cara a 2017 la intención del Ayuntamiento es completar la instalación de DESAs en el resto de edificios municipales e involucrar a las empresas privadas para que tengan uno en las mismas.

El DESA es un pequeño equipo médico, capaz de analizar el ritmo cardiaco de forma automática o semiautomática y desfibrilar el corazón. Tiene una batería que garantiza su funcionamiento autónomo y utiliza parches autoadhesivos para monitorizar el ritmo cardiaco y aplicar los pulsos eléctricos.

Además, cuentan con instrucciones habladas y señales acústicas que avisan de la liberación de un choque eléctrico. Suelen estar integrados en una carcasa, o columna de rescate, que incorpora dibujos e instrucciones sobre cómo actuar ante el paciente.

Los DESA han sido diseñados para ser empleados por personas sin formación sanitaria. Su utilización en estadios de fútbol, aeropuertos, gimnasios y grandes superficies ha permitido acercar el tratamiento eléctrico de las arritmias cardíacas a lugares donde potencialmente ocurre una parada cardíaca. La desfibrilación precoz, en los primeros 3-5 minutos del colapso mejora las tasas de supervivencia de manera muy importante. Cada minuto de retraso en la desfibrilación, reduce la probabilidad de supervivencia entre un 7 y 15%.

Los programas de acceso público a la desfibrilación han permitido la supervivencia de muchos ciudadanos. Las principales organizaciones internacionales de referencia en el tratamiento de patologías cardiovasculares (ILCOR, AHA, ERC, Consejo Español de RCP…) recomiendan el acceso público a DESAs. La Unión Europea ha señalado el día 16 de octubre como “Día de Atención a la Parada Cardíaca”

En España su uso se encuentra regulado por el Real Decreto 365/2009 de 20 de marzo del Ministerio de Sanidad y Consumo. Todas las comunidades autónomas tienen también una legislación específica sobre el uso de desfibriladores, excepto la Comunidad Autónoma de Madrid, que carece de legislación al respecto.

En cuanto a la formación específica para su uso, el proyecto contempla la realización de ocho talleres de formación. En ellos participarán una media de 10-12 personas. Los colectivos diana de estos talleres son: trabajadores municipales, Policía Local, agrupaciones deportivas, y público en general que esté interesado.

El Ayuntamiento de Moralzarzal ha concedido los Servicios Funerarios Municipales a la Empresa Parcesa, por lo que el usuario de este servicio debe dirigirse en primer lugar a la empresa adjudicataria.

Teléfono de atención 24 horas: 91 790 00 87
Correo electrónico: cementerio-vlb@parcesa.es

Servicios:

funeraria

  • El otorgamiento de licencias de inhumación y exhumación, previo cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios establecidos en las Normas vigentes.
  • El enterramiento, incineración o cremación de restos cadavéricos.
  • La concesión de sepulturas, nichos u otros lugares autorizados del Cementerio Municipal para el enterramiento, incineración o cremación de restos cadavéricos, siendo en este caso objeto de la concesión, exclusivamente la gestión de la concesión a terceros de los bienes de dominio público descritos, así como su cobro a terceros de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Fiscal, quedando reservada a la Alcaldía, la autorización de la misma.
  • El funcionamiento y cesión de salas de velatorio y exposición de cadáveres.
  • Los servicios de manipulación de restos cadavéricos, como exhumaciones o reducciones de restos.

Obligaciones de la empresa concesionaria:

  • Durante las veinticuatro horas del día, sean días laborables o festivos, sin perjuicio de que, el funcionamiento de los servicios administrativos, así como, los actos de inhumación o exhumación se presten en determinadas franjas horarias.
  • El concesionario se obliga expresamente, con carácter previo a cualquier inhumación o exhumación, así como reducción de restos a solicitar del Ayuntamiento la preceptiva licencia, lo que tramitará ante el Servicio.
  • El concesionario tendrá derecho a explotar el servicio, reintegrándose vía tarifas a percibir de los usuarios, de los costes del mismo, no incluyéndose en dichas tarifas el canon de concesión del dominio público por sepulturas o nichos.
  • Dichas tarifas, serán propuestas por el Concesionario y aprobadas por el Pleno de la Corporación.

Centro Cultural

Miércoles de 10.00 a 13.00 horas

Teléfono: 91 857 69 00- Ext. 144 (marcar siempre extensión)

Correo electrónico: aaccu@yahoo.es

Asesoramiento legal, en persona y por teléfono, en materia de consumo ya sea por la compra o contratación de productos y servicios (telecomunicaciones, suministros como luz, agua y gas, seguros, talleres, bancos, y garantía de los productos, entre otros).

– Entrega y recepción de los impresos oficiales de reclamación o arbitraje de consumo, según proceda, con acompañamiento de la documentación necesaria que la técnico solicite al consumidor.

– Desarrollo del procedimiento de mediación en las reclamaciones y arbitrajes de consumo.

– Solicitud y entrega, para los comerciantes de la zona, de las hojas de reclamaciones reglamentarias que deben de tener en sus establecimientos.

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